BUZON JURIDICO

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El levantamiento del Velo
A menudo ocurre que una sociedad para no cumplir los compromisos adquiridos, al reclamársele el pago de los servicios prestados alega que ella no es la deudora, sino otra sociedad no operativa.
Por: Jorge Selma, 29/06/2004


La cláusula FCL, Container Shipper’s
En los conocimientos de embarque o contratos de transportes marítimo es lícito estampar cualquier cláusula que las partes acuerden respecto al transporte de las mercancías contratadas, salvo aquellas cláusulas que tiendan a atenuar o exonerar la responsabilidad del porteador, ya que conforme a Ley las mencionadas cláusulas atenuantes o exonerantes se tendrán por no puestas.
Por: Jorge Selma, 22/06/2004


Responsabilidades a la carga
Para determinar cuales son las responsabilidades que asume el expedidor cargador y destinatario o receptor de las mercancías hemos de partir del concepto que se le da a tales personas en la modificación de la Ley de Ordenación del Transporte Terrestre de finales de octubre de 2003.
Por: Jorge Selma, 15/06/2004


El régimen sancionador en el tranporte terrestre se modifica
La Ley de Ordenación del Transporte Terrestre, establece en su articulo 138 y siguientes la responsabilidad administrativa por las infracciones de las normas reguladoras de los transportes y actividades auxiliares del mismo, calificándolas de muy graves, graves y leves.
Por: Jorge Selma, 08/06/2004


¿Quién debe responder por el suministro de combustible a un buque, armador o fletador?
Se plantea un supuesto en que una entidad dedicada a la mediación en el suministro de combustible a buques en distintos puertos de todo el mundo, la cual una vez recibidos y aceptados los encargos efectuados por los propietarios / fletadores de los buques, dá las oportunas instrucciones a las entidades suministradoras para que carguen el combustible en los depósitos de los barcos.
Por: Jorge Selma, 01/06/2004





Selma & Illueca

 

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