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Derecho de disposición de la mercancía por el cargador/expedidor
El cargador o el expedidor es quien tiene derecho sobre la mercancía hasta la entrega puesta a disposición de la mercancía en manos del destinatario.
Por: Jorge Selma, 09/03/2010
Examen de mercancías
Frente a la obligación del porteador de poner el vehículo a la carga en el momento acordado, nace el derecho de dicho porteador de comprobar el estado de la mercancía que va a portear, y su embalaje.
Por: Jorge Selma, 03/03/2010
Paralizaciones
De todos es conocido que cuando el vehículo tenia que esperar por un plazo superior a dos horas a la carga, estiba o descarga y desestiba, el porteador podría exigir al cargador una indemnización en concepto de paralizaciones.
Por: Jorge Selma, 23/02/2010
Ya está vigente la nueva ley de transporte terrestre
Dada la rabiosa actualidad de esta nueva Ley de Ttes Terrestre, la cual acaba de entrar en vigor, seguimos, como en anteriores artículos comentando sus normas.
Por: Jorge Selma, 17/02/2010
Puesta a disposicion del vehículo
Cuando se contrata un transporte terrestre de mercancías el cargador o expedidor tiene la obligación de identificar con claridad y concreción que tipo de mercancía quiere que se transporte, así como su peso cúbico y demás características que sean transcendentales para su transporte, por cuanto que a tenor con tales manifestaciones, que se suelen plasmar en una “orden de carga”, el porteador se obliga a poner un vehiculo adecuado para la mercancía a portear.
Contenido de la carta de porte
Como ya indicamos anteriormente la carta de porte no recoge un “números clausus” de las condiciones a reflejar en la misma, antes al contrario la nueva Ley de Transporte Terrestre, faculta a que las partes puedan anotar en la carta porte, cuantas consideraciones o condiciones estimen oportunas.
Por: Jorge Selma, 26/01/2010
Transporte continuado
La nueva Ley de Transporte Terrestre de mercancías que entrara en vigor el próximo mes de Febrero, viene a regular el transporte continuado, considerando como tal, aquel transporte por el que el porteador se obliga frente a un mismo cargador a realizar una pluralidad de envíos de forma sucesiva en el tiempo.
Por: Jorge Selma, 19/01/2010
El contrato de transporte
El contrato de transporte terrestre podrá formalizarse en una carta de porte, y tanto el cargador como el porteador podrán exigirse que se emita carta de porte.
Por: Jorge Selma, 12/01/2010
Sujetos en la nueva LTT
La Ley de Transporte Terrestre que va a entrar en vigor el próximo mes de Febrero presenta, entre otras novedades el definir que se entiende por contrato de transporte, quienes son los intervinientes en el transporte terrestre por carretera. Así considera como contrato de transporte aquél por el que el porteador se obliga frente al cargador, a cambio de un precio, a trasladar mercancías de un lugar a otro, y a ponerlas a disposición de la persona designada en el contrato.
Por: Jorge Selma, 05/01/2010
El objeto de la nueva ley de transporte terrestre
La nueva Ley de Transportes Terrestre, que como ya conocemos entrará en vigor el próximo mes de Febrero de 2.010, comienza su rodadura aludiendo a cual es el objeto de la ley, y recoge que el objeto de la misma es regular el contrato de transporte terrestre de mercancías realizado por medios mecánicos con capacidad de tracción propia.
Por: Jorge Selma, 22/12/2009
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