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Veintepies : Opinión : Buzón Jurídico


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Modificaciones en la ROTT (Parte IV)
En los supuestos de muerte o cese de la persona que ejerza la efectiva dirección de la empresa se produce una clara modificación . Así, la ROTT establecía: “En los casos de muerte, cese o incapacidad física o legal de la persona que cumpliera el requisito de capacitación profesional y viniera ejerciendo la dirección efectiva de la Empresa, dicha Empresa podrá continuar su actividad durante un plazo máximo de seis meses, aun cuando la persona que de forma efectiva la dirija no cumpla el requisito de capacitación profesional. En ningún caso podrá la correspondiente Empresa realizar su actividad más de seis meses en un mismo año natural, sin contar con una persona que realice la dirección efectiva de la misma y cumpla el requisito de capacitación profesional”.
Por: Jorge Selma, 30/01/2007


Modificaciones en la ROTT (Parte II)
El articulo tercero modificado de la ROTT, queda redactado del siguiente modo:
1. Salvo que expresamente se pacten unas cuantías o condiciones diferentes, la responsabilidad de los porteadores de mercancías por las perdidas o averías que sufran estas, estará limitada como máximo a la cantidad de 4.5 euros por kilogramo. La responsabilidad de dichos portadores por los retrasos en la entrega de las mercancías no podrá exceder, salvo pacto en contrario, del precio del transporte.
Por: Jorge Selma, 16/01/2007


Modificaciones en la ROTT
Con la entrada en vigor del Real Decreto de 27 de octubre de 2006 se viene a modificar sustancialmente el Reglamento de ordenación de Transporte Terrestre (ROTT) que venia rigiendo desde 1990, acomodando sus preceptos a los cambios operativos que se han ido produciendo en el mercado de transporte desde entonces.
Por: Jorge Selma, 09/01/2007





Selma & Illueca

 

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