¿Se puede embargar un buque si no se presta garantía por el embargante?
Cuando una persona física o jurídica ostenta un crédito marítimo contra un buque la ley le permite la posibilidad , cuando se trate de un buque extranjero, de solicitar del Juez el embargo del buque simplemente alegando que se ostenta el crédito marítimo, Es decir, no es preciso demostrar mediante documento la realidad de la deuda, sino que le bastara manifestar la existencia del crédito, y el Juez deberá acordar el embargo del buque.
Por: Jorge Selma, 29/12/2004
¿La culpa y la mala fe pueden ser cubiertas por el seguro?
Es de gran importancia y trascendencia la conducta del asegurado en la póliza de seguros de buques y mercancías, por cuanto que la conducta, dolosa y culposa del asegurado, de sus dependientes y terceros puede ser, y es con frecuencia la causa única o al menos la causa coadyuvante del siniestro.
La nueva Ley Concursal, solicitud (II)
En contrapartida, si el que se encuentra en situación de insolvencia, no solicita del Juzgado el concurso voluntario, y llegan a pedirlo sus acreedores (concurso necesario), el concursado perderá la administración de sus bienes que pasaran a ser administrados por el Juez y los Administradores Concursales, y fundamentalmente se abrirá contra el una pieza de calificación como concurso culpable que llevará aparejado que si con los bienes de la mercantil concursada no se cubren las deudas para con los acreedores, el Juez podrá determinar que el concursado responda con sus propios bienes frente a la parte de los créditos no satisfechos con la masa activa concursal.
Por: Jorge Selma, 13/12/2004
La nueva Ley Concursal, solicitud (I)
Con fecha 1 de septiembre de 2004, ha entrado en vigor la Ley 22/03, o Ley Concursal, la cual viene a sustituir la antigua Ley de Suspensión de Pagos y las normas del Código de Comercio que regulaban los procedimientos de “quita y espera” y quiebras. La nueva Ley lo que viene a pretender es unificar procesos que regulen las insolvencias y fundamentalmente a la satisfacción de los acreedores.