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Comentarios a la Ley de Navegación Marítima (Parte VIII)
La Ley de Navegación Marítima trata el régimen de la Responsabilidad del porteador en cuanto a la perdida de la mercancía durante su porteo marítimo, así como la responsabilidad por la falta de entrega de mercancías al receptor. Pero si bien, tanto la responsabilidad por perdidas como por daños, ya era regulada por el Código de Comercio y por las Reglas de la Haya-Visby ( Convenio de Bruselas de 25 de agosto de 1924 y Protocolo de 23 de febrero 1.968 y 21 de Diciembre de 1979), pero no se mencionaban los retrasos . Con la promulgación de las Ley de Navegación Marítima se regula normativamente, la responsabilidad por retrasos mientas que la mercancía está en poder del porteador.
Por: Jorge Selma, 16/12/2014


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