El plazo para formular protestas
Ya vimos en el articulo anterior (Valencia Marítimo de 12/07/11) la falta de protestas las graves consecuencias que tiene, llegando incluso en el transporte marítimo nacional a ser causa de perdida del derecho de ejercitar la acción de reclamación.
Por: Jorge Selma, 19/07/2011
Necesidad de protestas
Normalmente cuando hablamos de las “protestas” o “reservas”, entendemos por tales el escrito que el receptor formula al porteador por el hecho de haber recibido la mercancía con daños o faltas. Sin embargo también las protestas las puede formular el porteador.
Por: Jorge Selma, 12/07/2011