Buque en peligro de Pantalán
En tales circunstancias y quedando el buque casi aconchado contra el pantalán quedó debajo de las instalaciones metálicas, por lo que el capitán ordenó el abandono del barco y solicitó lo servicios de remolcadores que sacaron el buque del pantalán y finalmente llegó a puerto de abrigo.
De la Ley (auxilios, salvamentos, remolques, hallazgos y extracciones marítimas) se desprende que para que se de el salvamento sometido a dicha Ley es preciso que se trate de una actividad dirigida a redimir a un buque o personas o cosas de la situación de peligro en que se encuentre y esta situación de peligro puede darse en el mar o en aguas interiores, sin que haya lugar a tener en cuenta las aguas en que hayan sido prestados los servicios, no siendo necesario tampoco que se trate de un peligro inminente, sino que basta que sea efectivo o previsible.
Por: Jorge Selma, 26/10/2004
Cambio de derrotero y responsabilidad del asegurador
Se nos presenta un supuesto concreto de que una entidad concertó un seguro marítimo sobre el transporte de mercancías de su propiedad, viajando las mismas por su cuenta y riesgo y siendo además el asegurado el poseedor de los conocimientos de embarque.
Por: Jorge Selma, 15/10/2004
Cláusula de Arbitraje en un conocimiento de embarque
Las cláusulas de arbitraje han sido normalmente utilizadas en los contrato de fletamento como alternativas al sometimiento de los tribunales de uno u otro país al que pretendan por un lado el fletador o por otra el fletante.
Por: Jorge Selma, 06/10/2004