Los intereses del art. 20 de la Ley de Contrato de Seguros entre Aseguradoras
Cuando una cuestión controvertida no se resuelve amistosamente y una de las partes en virtud del seguro concertado con su asegurador es indemnizado por este, y le cede todos los derechos y acciones que le corresponden, nos encontramos ante un litigio en que vía judicial el asegurador demandara a la otra parte y a su aseguradora (caso de tenerla).
Por: Jorge Selma, 26/02/2019