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Veintepies : Opinión : Buzón Jurídico


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El pago del porte al porteador efectivo
La Disposición Adicional Sexta de la Ley 9/2013, de 4 de julio, que modifica la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, dice: "Acción directa contra el cargador principal en los supuestos de intermediación. En los supuestos de intermediación en la contratación de transportes terrestres, el transportista que efectivamente haya realizado el transporte tendrá acción directa por la parte impagada, contra el cargador principal y todos los que, en su caso, le hayan precedido en la cadena de subcontratación, en caso de impago del precio del transporte por quien lo hubiese contratado, salvo en el supuesto previsto en el artículo 227.8 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Publico, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre.
Por: Jorge Selma, 29/01/2019


Riesgos para los Representantes Aduaneros
El Anteproyecto de la Ley de medias de prevención y lucha contra el fraude pretende modificar el artículo 87 de la Ley 37/92 del Iva.
Por: Jorge Selma, 15/01/2019





Selma & Illueca

 

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