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Gastos de descarga en venta CIF
En los contratos de compraventa internacional las partes, el comprador y el vendedor pueden pactar todas las cláusulas o acuerdos que estimen oportunos, siempre que no sean contra ley, desde que el vendedor asuma todos los gastos hasta puesta la mercancía en los locales del receptor (sería una compraventa en condiciones DDP), hasta que el comprador asuma todos los costes desde el propio almacén del vendedor en origen ( nos encontraríamos en este caso en una compraventa en condiciones exw o exfatory).
Por: Jorge Selma, 30/10/2007


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