Modificaciones en la ROTT
En cuanto a lo que se refiere a las Agencias de Transporte se modifica el Reglamento de Ordenación del Transporte Terrestre al incluir dentro de la actividad la utilización de determinados medios, así se recoge: “La actividad de intermediación en la contratación de transporte no quedará desvirtuada por el hecho de que en su desarrollo se utilicen exclusivamente medios telefónicos, informáticos o telemáticos que obvien la relación directa y personal entre la agencia y sus clientes”.
Por: Jorge Selma, 20/02/2007