Comentarios a la Ley de Navegación Marítima V parte
Con anterioridad a la entrada en vigor de la nueva Ley, el Código de Comercio establecía que se debían extender tres conocimientos de embarque una vez cargada la mercancía a bordo del buque porteador. La presente Ley recoge que solo se debe entrega un conocimiento de embarque una vez a bordo la mercancía. Ahora bien, si el cargador solicita que se le entregue más de uno se podrían expedir otros a solitud de aquel.
Por: Jorge Selma, 28/10/2014
Comentarios a la Ley de Navegación Marítima (IV)
Nuestra nueva Ley diferencia entre contrato de arrendamiento de buque y contrato de fletamento.En ambos casos el contrato deberá constar por escrito.
Por: Jorge Selma, 14/10/2014