Hurto/robo mercancías en transporte terrestre
En el contrato de transporte terrestre de mercancías por carretera ( tanto nacional, como en el internacional, la obligación que incumbe al transportista es de resultado, cual es entregar la mercancía sin daño alguno en el lugar de destino y en el plazo pactado, de modo que si esto no se produce se presume la culpa de aquél.
Por: Jorge Selma, 21/01/2014