Miguel Tell, presidente del Consejo General de los Colegios de Agentes y Comisionistas de Aduanas y presidente también del Colegio de Agentes de Aduanas de Valencia, inauguró el pasado viernes la celebración en el Hotel Meliá Rey don Jaime de Valencia el V Foro Aduanero.
La mesa estuvo formada por Tomás Hernández y por los ponentes Rafael Arana Mendiguren, consejero de Finanzas de la Representación Permanente de España ante la Unión Europea, y Arturo Marcos Sánchez, inspector de Hacienda del Estado y Administrador de la Aduana de Alicante.
Miguel Tell abrió la jornada dando la bienvenida a los asistentes y animándolos a mantener la unidad entre los profesionales y a participar en los procesos electorales de los distintos colegios que se producirán en los próximos meses.
A continuación tomó la palabra Rafael Arana Mendiguren quien expuso una descripción detallada del procedimiento que siguen las instituciones europeas en cuanto a la elaboración del Código Aduanero y el reglamento de aplicación. Posteriormente Arana realizó un repaso de la reforma llevada a cabo en el Código Aduanero en materia de seguridad que se aprobó en mayo de 2004 y que esta pendiente de publicación. A continuación, explicó las claves de la próxima reforma conocida como “Modernización del Código Aduanero” cuya propuesta formal por parte de la Comisión Europea se presentará probablemente antes del verano con lo que será en otoño cuando comiencen los debates acerca de esta reforma bajo presidencia británica.
Procedimientos
El trabajo aduanero representa una materia de ámbito comunitario y es la Comisión Europea la que decide a este respecto. Sin embargo, se distingue entre el reglamento de aplicación que es propuesto por la Comisión Europea y resuelto por ella misma tras escuchar a los estados miembros; de una norma de alto rango como es el Código Aduanero. En este caso, estamos ante un largo proceso en el que la Comisión Europea propone pero es el Consejo Europeo el que resuelve. No existen plazos para concluir la modificación de una norma de este tipo, ya que cuanto más importante es la iniciativa, más largo es el proceso.
Sin embargo, Rafael Arana destacó que se puede tratar de influir en este proceso presentando propuestas a la Comisión Europea, a la Administración española y al Parlamento Europeo, además de actuar en el ámbito del sector por ejemplo exigiendo que se represente al sector como se merece.
Reforma de seguridad
La reforma de seguridad del Cógido Aduanero que se aprobó en el mes de mayo de 2004 y esta pendiente de publicación representó la respuesta internacional a la inseguridad generada por los atentados ocurridos en Estados Unidos el 11 de septiembre de 2001. En este sentido, los elementos básicos en materia de seguridad de la pasada reforma fueron conceptuar la seguridad como un elemento más que debe controlar la Aduana y establecer un marco comunitario de control y análisis de riesgos. Posteriormente, se desarrollarán las normas de aplicación que determinarán los detalles prácticos de los principios generales recogidos en la reforma del Código Aduanero.
Entre las novedades más destacables de esta reforma aprobada ya, destaca la creación de la figura del operador económico especializado con competencia en todo el ámbito comunitario.
Esta iniciativa ha sido fuente de conflicto por lo que se añadió una clausula por la que se pueden imponer a esta figura determinados controles en cada uno de los países miembros.
Otra novedad relevante es el intento de armonizar las declaraciones sumarias y su procedimiento informático.
Próxima reforma
En estos momentos, existe un ánimo por modernizar el Código Aduanero y realizar una revisión integral del texto. La propuesta formal de la Comisión Europea se presentará probablemente antes del verano con lo que los debates comenzarán el próximo otoño bajo presidencia británica.
Esta nueva reforma estará muy vinculada a los planes de desarrollo informáticos cuyo horizonte es la implantación de un sistema informático único para todas las Aduanas a nivel comunitario. La reforma se realiza con la intención de modernizar el texto, simplificar los procedimientos aduaneros, sentar las bases legales para una Aduana sin papeles y apoyar los principios de Kioto, entre otras razones.
Los principales aspectos de la reforma del nuevo Código Aduanero son la declaración centralizada y la eliminación del derecho de los estados miembros a limitar el derecho de representación en su país, artículo 5 de la norma.
Acerca de la declaración centralizada comunitaria se plantea aceptar una división entre aduanas periféricas y aduanas interiores, las primeras encargadas de la seguridad y las segundas de la fiscalidad. Sin embargo, esta dicotomía no es del agrado de todos los estados miembros.
Por otro lado, la eliminación del derecho de los estados miembros a limitar el derecho de representación en su país implica liberalizar el artículo cinco ya que es incompatible con la libertad de prestación de servicios e incompatible también con el planteamiento de la próxima reforma de unificar los procedimientos aduaneros mediante aplicaciones informáticas. A este respecto, Miguel Tell, presidente del Consejo General de los Colegios de Agentes y Comisionistas de Aduanas expresó el deseo de que se reconozca otra figura, la del operador aduanero autorizado.
Protección de marcas
Arturo Marcos Sánchez, inspector de Hacienda del Estado y Administrador de la Aduana de Alicante analizó a través de su ponencia titulada “La intervención de la Aduana en la protección de marcas” la evolución de la situación en la Comunidad Europea en la que se tiende cada vez más a que en las Aduanas europeas se realicen controles no fiscales que afectan a diversos aspectos de la política agrícola, comercial, sanitaria y de protección del patrimonio histórico y medioambiental de Europa.
En este sentido, la Aduana debe estar dispuesta a darle una importancia creciente a las políticas que interesan a la Comunidad Europea. Ante la nueva situación en la que se da un cambio de paradigamas, Arturo Marcos animó a los asistentes a liderar los planteamientos aduaneros del futuro, apuntándose así a ser gestores de los cambios en el ámbito de la Aduana.
A este respecto, el Reglamento 1383 de 2003 hace referencia a la protección de las marcas a través de controles no fiscales de la Aduana. Con ello, se pretende proteger la propiedad inmaterial que se plasma en el mundo empresarial e intelectual. Así, la falta de conciencia ciudadana es una de las causas principales de la necesidad de esta protección puesto que la competencia desleal ataca a muchos productos y repercute en la economía nacional frenando la competitividad de las empresas.
Arturo Marcos señaló que la protección de marcas va más allá de la vertiente económica puesto que existen productos fraudulentos en la alimentación, las medicinas y el tabaco.
El reglamento 1383 trata de mantener un equilibrio entre la libertad de circulación y la protección del derecho de propiedad intelectual, no siendo de aplicación a las importaciones paralelas ni al régimen de viajeros. Este Reglamento funciona a instancia de parte, sin embargo la Ley Orgánica 15/2003 que modifica el Código Penal recoge los delitos contra la propiedad intelectual como delitos públicos por lo que se plantea una disfunción entre el Código Penal actual y el Reglamento que rige la actuación de la Aduana. Ante esta situación, la Aduana debe actuar bajo su iniciativa sólo en caso flagrante de comisión de este tipo de delitos.