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Julio Carrasco: “El artículo 65 de la Ley de Puertos es una Espada de Damocles para nosotros”
Julio Carrasco, presidente de la Asociación Española de Consignatarios de Buques (ASECOB), lamenta que se quiera responsabilizar a las empresas consignatarias de accidentes o negligencia socurridas en espacios portuarios “no otorgados en régimen de concesión o autorización”
VM, 19/04/2018

El presidente de la nueva Asociación Española de Consignatarios de Buques (ASECOB), Julio Carrasco, reconoció ayer que el artículo 65 de la Ley de Puertos “es una Espada de Damocles para nosotros, los consignatarios”.

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Asistentes a la comida-coloquio


Según ese artículo, “En los espacios no otorgados en régimen de concesión o autorización, el consignatario que actúe en representación del armador responderá del cumplimiento de las obligaciones de coordinación durante las maniobras de atraque, desatraque y fondeo del buque, y en general durante la estancia del mismo en el puerto salvo para las operaciones de carga, estiba, desestiba, descarga o transbordo de mercancías o de embarque o desembarque de pasajeros”. Además, establece que “si se realizan estas operaciones o las de entrega, recepción, almacenamiento, depósito y transporte horizontal de mercancías en espacios no otorgados en concesión o autorización, responderá del cumplimiento de las obligaciones de coordinación la empresa prestadora del servicio correspondiente”.

Para Carrasco, esta situación es “incomprensible”, por lo que “vamos a tener que trabajar mucho para poder cambiarla”. En ese sentido, desde ASECOB reconocen que ya ha habido encuentros con el presidente de Puertos del Estado, José Llorca, que aunque se mostró muy perceptivo en las reclamaciones de las empresas consignatarias, cerró la puerta a cualquier cambio en la legislación que implique “una responsabilidad directa de las Autoridades
Portuarias”.

Con todo, Carrasco lamentó ante una nutrida concurrencia de socios del Propeller Club de Valencia que deba ser el consignatario el responsable de errores que pudieran acaecer durante las operaciones de amarre o remolque: “¿Acaso alguien con sentido común espera que el consignatario responda por algo que ha sucedido durante el amarre o remolque del buque?”.

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Julio Carrasco y Francisco Prado



Durante su intervención, Carrasco hizo una cerrada defensa del asociacionismo empresarial como único método para afrontar los retos del sector consignatario, como son una mayor formación y profesionalización del sector, así como una mayor adaptación a las nuevas tecnologías.

Por otro lado, apuntó que está en marcha el Real Decreto que regulará la figura del consignatario. “Así como a estibadores o transitarios se les exigen ciertos requisitos mínimos, al consignatario le basta con presentar un aval en la Autoridad Portuaria”, aseguró. “Esto hay que modularlo de alguna manera”, reconoció. Por ello, “creo que esta nueva ley supondrá una mayor profesionalización”, concluyó.

Durante el encuentro, se entregó una metopa a dos nuevos socios de la entidad: Mar Chao, directora comercial de la APV; y Carlos García, gerente de ELTC.



 

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