Las nuevas tasas portuarias, en vigor en enero, favorecen el desarrollo del TMCD
Hasta ahora se ha estado aplicando lo que se regía en la Ley 48/2003 pero, el nuevo texto, dictamina las nuevas tasas del buque, pasaje, mercancía, coeficientes correctores además de que clarifica el esquema para el cálculo de estas tasas. En la jornada, junto a estas cuestiones, se explicó las ayudas a la navegación que se contemplan.
Todas estas novedadesfueron explicadas por Miguel Toribio, Jefe del Departamento de Facturación de la Autoridad Portuaria de Valencia (APV), que asistió acompañado por Manuel Rodríguez, del área de navieras.
“El principal campo de batalla con la nueva ley son las bonificaciones. Hay coeficientes correctores en cada una de las tasas, de manera que, a partir de ahora, será la principal herramienta de las Autoridades Portuarias. Según los costes y la política de tráficos, cada AP podrá manejarse”, destacó Toribio.
En cualquier caso, no se podrá superar el margen del 1,30% y esta cuestión vendrá regulada, cada año, por los Presupuestos Generales del Estado. En el caso concreto de la Autoridad Portuaria de Valencia, el Consejo de Administración del pasado 4 de noviembre, ya aprobó los nuevos correctores.
Cambios
Con la nueva ley, la tasa de ayuda a la navegación (Artículo 20) pasa a calcularse con la cifra íntegra del GT del buque, en lugar, como se hace ahora, por cada 100 de GT.
En cuanto a las tasas al buque, desaparece la bonificación a buques ro-ro y se aprueba el coeficiente corrector para el avituallamiento y aprovisionamiento de la zona con las condiciones de estancia máxima.
Uno de los principales beneficiados es el TMCD, el Transporte Marítimo de Corta Distancia, que la ley persigue fomentar. La norma entiende por TMCD el que se hace entre la UE y los puertos ribereños del margen que le rodean. “Muchos buques se verán beneficiados a partir de ahora, que con las tasas actuales no tienen”.
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Imagen de los asistentes a la jornada
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Siguiendo con el área de buques, el barco que permanezca atracado festivos o fines de semana, liquidará cinco horas, y no todo el tiempo como hasta ahora, y sino realiza ninguna operación de ningún tipo hasta día laborable, no computará.
A partir de la escala número 365 habrá una reducción de un 65%, mientras que actualmente es de un 55%.
Por otro lado, la nueva normativa recoge un nuevo concepto: servicio marítimo regular, en el área de tasas al buque, que podrán verse beneficiados hasta con un 5%. Para ello se exige hasta 24 escalas en el mismo puerto y se obliga a que el buque este en el puerto, al menos, 7 días.
Cuestión ambiental
Otro de los grandes ejes que persigue la ley es la cuestión medioambiental. El Marpol-1 desaparece y la nueva tasa del servicio de recepción de desechos generados por los buques está en vigor desde el pasado agosto.
“La nueva ley parte de una política ambiental más agresiva que la anterior, acorde con los nuevos tiempos”, resaltó Toribio.
Cálculo de tasas portuarias
Según explicaron en el transcurso de la jornada en la ANV, a partir del mes próximo, para conocer la tasa portuaria hay que usar la siguiente fórmula: las unidades a liquidar (X) la cuantía básica de cada tasa (X) el coeficiente corrector (X) el coeficiente de instalación (X) el coeficiente de operación, frecuencia y transporte (-) la bonificación que corresponde, da como resultado, el cálculo de la tasa.