Veintepies :: Cuando la crisis familiar afecta a la empresa

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Cuando la crisis familiar afecta a la empresa
VM, 07/01/2019

La empresa familiar es uno de los pilares básicos de la economía de la Comunidad Valenciana, concretamente su actividad constituye el 91% del tejido empresarial de nuestra región, crea cerca del 85% del empleo actual  y genera el 76% del Valor Añadido Bruto, según datos del Instituto de empresa familiar.

Frente a ello, según los datos ofrecidos por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, la Comunitat Valenciana lidera la tasa de los divorcios y separaciones en España, con 7,3 por 10.000 habitantes, por encima de la media nacional, situada en el 6,2.
Estos datos revelan una vez más la importancia y la necesidad de que nuestras empresas cuenten con los instrumentos, la normativa y los documentos legales necesarios para minimizar los devastadores efectos no sólo de una crisis matrimonial, sino de una crisis familiar, que puede llegar a constituir la muerte y liquidación de una empresa familiar .

La prevención es la mejor de las medicinas, adelantarse a este tipo de situaciones cuando todavía existe una armonía familiar y empresarial nos va a permitir ahorrarnos no sólo muchos dolores de cabeza sino también elevados costes económicos y emocionales, máxime en momentos donde resulta complejo alcanzar acuerdos dada la implicación emocional de las partes en conflicto.

¿Qué instrumentos son los que podemos utilizar para ésta labor de prevención? A mi juicio dos; El Protocolo Familiar, y las Capitulaciones Matrimoniales. Ambos deben ir estrechamente vinculados pues con ello potenciaremos su eficacia jurídica, su exigibilidad y su trascendencia frente a terceros.

El Protocolo Familiar, dicho grosso modo, es un acuerdo entre los familiares que tengan la condición de socios o participes de una misma empresa y tiene por objeto de determinar los principios que vayan a regir la organización, las relaciones económicas, la gestión, la propiedad y las relaciones profesionales de la empresa familiar, pudiendo regularse temas tan trascendentales como la incorporación de nuevos miembros, exigir el régimen de separación de bienes en los matrimonios de los socios o regular el proceso de sucesión de la empresa. Es un instrumento muy útil no sólo para regular la actividad profesional y potenciar los beneficios de la empresa familiar frente a sus duros competidores como las empresas multinacionales, sino también para resolver las posibles desavenencias que puedan producirse entre los miembros de la familia garantizando la continuidad de la empresa familiar a posteriores generaciones.

Pero a mi juicio, éste instrumento debe ser complementado necesariamente con otros documentos jurídicos como son el testamento, los estatutos societarios y las capitulaciones matrimoniales. Muchos saben lo que son, pero otros tantos desconocen el alcance de su potencial contenido. Las capitulaciones matrimoniales pueden otorgarse antes o después de celebrado el matrimonio y no sólo determinan el régimen económico matrimonial (gananciales, separación de bienes y participación en las ganancias) sino que también permiten determinar las reglas económicas que van a regir en el matrimonio o incluso las que regirán en caso de que éste terminase. Constituye una absoluta IMPRUDENCIA no efectuar este tipo de documento, ya que por una pequeña cantidad de dinero podemos ahorrarnos muchas complicaciones.

No obstante cada caso, cada casa, cada familia y cada empresa es un mundo que necesita un traje a medida y de un estudio individualizado que sólo un especialista en Derecho de Familia es capaz de efectuar para obtener el mejor de los resultados. Desgraciadamente es muy amplia la casuística, pero en nuestras sucesivas intervenciones podremos profundizar en temas más concretos, estando siempre abiertos a vuestras peticiones y dudas.

Mar Selma Illueca
Selma & Illueca Abogados


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