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Anesco
VM, 16/02/2007

Ante la noticia aparecida en los medios de comunicación social del Sector, relativa al paro de 15 minutos que realizará el Sindicato Coordinadora a las 12 horas de mañana, coincidiendo con el inicio del juicio por despido de D. Damián Reyes, Delegado de Personal del Citado Sindicato en el Puerto de Cartagena, ANESCO desea manifestar lo siguiente:

PRIMERO.- Reiterar su más exquisito respeto al vigente marco jurídico que regula las relaciones laborales en el Sector de la Estiba Portuaria.

SEGUNDO.- Rechazar la acción de paro anunciada con carácter general en todos los puertos del Estado, dado que las razones aducidas en nada justifican una medida como la propuesta y mas teniendo en cuenta, que es un tema sometido a los Tribunales de Justicia.

Es obvio que la huelga de 15 minutos se dirige más a presionar al juzgador del caso y no tanto al empresariado, ya que se produce coincidiendo con el acto de juicio oral. En pocos supuestos, los sindicatos han utilizado esta extrema medida en concurrencia con la legítima defensa de sus derechos ante los Tribunales de Justicia.

TERCERO.- Solicitar al Sindicato Coordinadora que reconsidere su postura, al entender que las acciones de fuerza en nada benefician al adecuado desarrollo de las relaciones laborales .

El sindicato convocante de la huelga es perfectamente conocedor del comportamiento seguido por la representación de Anesco en el órgano de mediación previsto en el III Acuerdo, en relación con el conflicto planteado en el Puerto de Cartagena. Anesco se ha ceñido siempre a la defensa y cumplimiento del III Acuerdo y a la plena utilización, siempre de buena fe, de los instrumentos de mediación.

Hacer responsables a todas las empresas estibadoras de los efectos y consecuencias de un conflicto suscitado en un puerto, cuando éste se halla en trance de ser resuelto por los Tribunales de Justicia, resulta un despropósito que, de todo punto, hemos de rechazar.

CUARTO: La feliz y pronta resolución de las negociaciones ya iniciadas del IV Acuerdo, regulador de las relaciones laborales en la Estiba y Desestiba Portuaria, exigen de todas las partes implicadas una conducta acorde con la consecución del clima de paz como exigencia
implícita de cualquier negociación colectiva.

16 de Febrero de 2007



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