Veintepies :: Publicadas las restricciones anuales de circulación para camiones en el País Vasco en 2021.

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Publicadas las restricciones anuales de circulación para camiones en el País Vasco en 2021.
VM, 16/02/2021

En el Boletín Oficial del Estado del pasado viernes 12 de febrero de 2021 se ha publicado la Resolución de 3 de febrero de 2021 de la Dirección de Tráfico del País Vasco por la que se publican las medidas especiales de regulación del tráfico en dicha Comunidad Autónoma para el año 2021 tanto para los vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 T como el de mercancías peligrosas y los transportes especiales.

Cabe destacar el mantenimiento un año más de las restricciones establecidas el pasado año en la A-1 entre Treviño y Burgos y Treviño y en enlace de la N-622, además de en la A-8, incluyendo como novedad la previsión de suspender todas las obras en fechas señaladas de desplazamientos masivos, así como durante los fines de semana del verano, concretado días y carreteras afectadas.

Así se establecen para los vehículos de más de 7,5 toneladas restricciones durante el periodo estival, entre el 5 de junio y el 5 de septiembre, en la Autopista A-8 del km. 119 al 139 sentido Cantabria y en la A-1 entre Treviño y Burgos y Treviño y el enlace de la N-622, sentido Burgos, todos los sábados, domingos y festivos desde las 11h hasta las 14h, así como los domingos y festivos desde las 16h hasta las 21h en sentido Bilbao y Vitoria respectivamente. Asimismo la resolución prevé otras restricciones a la circulación de camiones en fechas concretas en determinadas carreteras de la red viaria, coincidiendo con días festivos o bien en los transportes transfronterizos.

En todo caso, de dichas restricciones quedan exceptuados los siguientes vehículos: transporte de animales vivos, transporte de mercancías perecederas a temperatura regulada, transportes para instalación de ferias, exposiciones y espectáculos, transporte exclusivo de prensa, de correo y telégrafos, transporte de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual, vehículos especialmente construidos para la venta ambulante, así como las grúas de servicio de auxilio en carretera exclusivamente para el acceso desde su base al lugar del suceso o el traslado del vehículo accidentado o averiado, vehículos de atención de emergencias, vehículos de apoyo o transporte de material necesario para reparación de instalaciones de primera necesidad o transporte de fundentes para vialidad invernal.

En cuanto al transporte de mercancías peligrosas, se establecen restricciones de circulación en toda la red de carreteras vascas los domingos y festivos en la Comunidad Autónoma desde las 8 h hasta las 24 h y las vísperas de festivos que no sean sábados, desde las 16 h hasta las 24 h, quedando exceptuados los transportes de determinadas mercancías ADR atendiendo a su carácter esencial. En todo caso, en los restantes días deberán utilizar obligatoriamente la red RIMP.

Asimismo en lo que se refiere a los transportes especiales, aquellos que por sus características técnicas o por la mercancía que transportan precisen autorización especial para circular, tienen restringida la circulación los domingos y festivos desde las 8 h hasta 24 h y las vísperas de festivos desde las 16 h hasta las 24 h.


 

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