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Transporte Terrestre

Continúa en enero la reducción de plazos de pago a los transportistas
FENADISMER constata que el recorte del plazo que se registraba en diciembre se ha mantenido en el primer mes de este año 2024
VM, 04/03/2024

El régimen sancionador de lucha contra la morosidad en el sector del transporte por carretera aprobado a finales de 2021, unido a la intensa actividad llevada a cabo por los Servicios de Inspección de Transporte en este ámbito en el último año, con una campaña de control llevada a acabo de oficio tanto a empresas cargadoras como intermediarias, están contribuyendo de forma decisiva a mejorar la situación de los plazos de pago a los transportistas, según FENADISMER.

Así, el pasado mes de Enero se mantuvo la fuerte disminución en los plazos de pago que se produjo en el mes anterior, conforme a los resultados obtenidos del Observatorio permanente de la morosidad que FENADISMER elabora mensualmente en colaboración con la Fundación Quijote para el Transporte, situándose de nuevo en 66 días de media, por tanto muy próximo al plazo de máximo legal de pago que marca la ley.

Incumplimientos
En este mes de las empresas cargadoras e intermediarias que incumplieron la legislación sobre morosidad, en el 66% de los casos los excesos de plazo de pago son leves, esto es, entre 60 y 90 días. Sin embargo, en el lado opuesto había un 11% de empresas incumplidoras que aún pagaron a más de 120 días, aunque inferior al que se producía en 2022 en el que esta franja de incumplimiento se situaba en más del 20%.. En cuanto a los medios de pago que son utilizados más habitualmente para el pago de los servicios de transporte, continúan siendo por este orden la trasferencia (67%), seguido del confirming (25%), el pagaré (7%) y el cheque (<1%).

En relación con lo anterior, como se recordará la Ley que estableció el nuevo régimen sancionador incluyó la obligación de que la Administración de Transportes hiciera pública con carácter periódico una relación de las empresas cargadoras e intermediarias sancionadas hasta la fecha y cuyas multas sean firmes en vía administrativa o, en caso de haberse interpuesto recurso contencioso-administrativo, en vía judicial, con el objetivo de contribuir a su mayor cumplimiento.

Morosos
En cumplimiento de dicha previsión legal, según ha podido saber FENADISMER, el Ministerio de Transportes y Movilidad publicará en breve en su página web oficial la nueva lista de empresas incumplidoras correspondientes al segundo semestre del año 2023.


 

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