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Transporte Terrestre

El Ministerio de Transportes aprueba una nueva prórroga de la vigencia del permiso para conducir mercancías peligrosas y del de consejero de seguridad.
VM, 03/12/2020

Como ya adelantó FENADISMER el pasado mes de noviembre, la segunda ola de la pandemia por el coronavirus motivó que los 51 países firmantes del Acuerdo internacional del Transporte de Mercancías Peligrosas acordarán la publicación de un nuevo Acuerdo Multilateral M330, para permitir una nueva prórroga hasta el próximo 28 de Febrero de la vigencia de los permisos de conducir ADR y de los certificados de consejero de seguridad que vencieran entre el pasado 1 de marzo y el 1 de noviembre, que inicialmente finalizaba el pasado 30 de Noviembre.

En este sentido, conforme a la información facilitada a FENADISMER, la Directora General de Transporte Terrestre del Ministerio de Transportes ha procedido este miércoles 2 de Diciembre a la adhesión de España a dicho Acuerdo Multilateral, a fin de que sea plenamente vigente en nuestro país.

Así, por lo que se refiere a los permisos de conducir de mercancías peligrosas ( certificado ADR) cuya validez finalice entre el 1 de marzo de 2020 y el próximo 1 de febrero de 2021, prorrogarán su vigencia hasta el 28 de febrero de 20201, debiendo realizar un examen antes del 1 de Marzo para su renovación, si bien la fecha de validez, que en estos casos es de 5 años, se computará desde la fecha real de su vencimiento con independencia de la prórroga acordada.

En los mismos términos se establece la prórroga de la validez para los certificados de consejero de seguridad, de tal forma que aquellos cuya validez finalice entre el 1 de marzo de 2020 y el 1 de febrero de 2021, seguirán estando vigentes hasta el 28 de febrero de 2021 si bien la renovación de los mismos, cuando se efectúe mediante el correspondiente examen, comenzará a computarse desde la fecha en que hubieran tenido que ser renovados si no se hubiera acordado prórroga alguna.


 

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