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ASCER no comparte que el Gobierno endurezca el valor límite de la SCR respecto a lo establecido por la UE, y advierte de las consecuencias para empresas y empleos
VM, 24/12/2020

El Consejo de Ministros aprobó ayer el RDL 1154/2020 que finalmente y con casi un año de retraso sobre lo previsto, transpone la directiva europea 90/394/CEE relativa a la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes carcinógenos o mutágenos durante el trabajo.

Este RDL recoge los valores límites para determinados agentes entre ellos la sílice cristalina respirable, que afecta de lleno al sector azulejero pero también a otras muchas actividades de la provincia de Castellón como la actividad en los puertos, canteras, atomizadoras, transportes de graneles, industria esmaltera y relacionada.

Desde ASCER rechazamos las formas y sobre todo el fondo de este RDL. No sólo se publica en fechas que ofrecen escaso tiempo de respuesta, sino que además no se tiene en cuenta a los órganos consultivos, sectores interesados ni potenciales perjudicados.

El gobierno de la anterior legislatura aprobó un RDL que se alineaba con lo dispuesto por la UE fijando un valor límite por fracción respirable de 0,1 mg/m3 y que además de haber sido consensuado por todos los interesados había sido aprobado en el seno del gobierno y había llegado al Consejo de Estado. Sin embargo, el nuevo gobierno no ha tenido en cuenta ni el trabajo de la anterior ejecutiva ni de todos los sectores implicados y ha fijado un valor límite de 0,05 mg/m3 lo que dinamita todas las previsiones y las inversiones realizadas por las empresas para ajustar sus instalaciones.

ASCER entiende que esta decisión es manifiestamente contraria a la industria y no está teniendo en cuenta todas las implicaciones que tiene para las empresas ni para los sectores afectados. Mientras que en Europa, todos los estados miembros tienen un valor límite de 0,1 mg/m3 lo que les permite llevar a cabo inversiones más asequibles que les permite mantener la competitividad, en España, fijar un valor límite de 0,05 mg/m3 nos supone duplicar los esfuerzos de nuestros competidores lo que multiplica por dos la pérdida de competitividad frente a nuestros vecinos europeos y exponencialmente frente a nuestros competidores de fuera de la Unión Europea.

Por otro lado, este RDL implica que nuestras empresas y las de todos los sectores afectados, van a dejar de poder contar con trabajadores puestos a disposición por empresas de trabajo temporal, cuya legislación les prohíbe realizar la cesión para cubrir puestos con exposición a este tipo de agentes.

Desde ASCER reclamamos mayor comunicación con los órganos consultivos para evitar estas situaciones que nos llevan a reclamar igualmente que se modifique la normativa que para ajustarlo a lo dispuesto por la Directiva Europea en el 0,1 mg/m3. Asimismo, ASCER reclama que se modifique en lo necesario la legislación aplicable a las empresas de trabajo temporal para que puedan poner a disposición trabajadores que ocupen puestos de trabajo con exposición a este tipo de agentes.

No podemos dejar de trasladar nuestra preocupación y nuestro pesar ante una nueva muestra de falta de sensibilidad hacia la industria. Estas decisiones no sólo afectan a la competitividad de los sectores implicados, sino que pone en riesgo de forma inmediata los empleos de todos aquellos trabajadores empleados a través de empresas de trabajo temporal.

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