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La OMC condena las restricciones a las importaciones en Argentina
En esencia, estas prácticas exigen a los importadores compensar el valor de sus importaciones en Argentina con, al menos, una cantidad equivalente en exportaciones, así como limitar sus importaciones, ya sea en volumen o en valor. Por otro lado, se obliga a dicha empresa a alcanzar un determinado nivel de contenido local en su producción nacional, así como invertir en Argentina, o bien conservar los beneficios en el propio país
VM, 27/08/2014

La Organización Mundial de Comercio (OMC) ha mostrado su disconformidad con las medidas sobre importaciones que Argentina ha puesto en marcha. Un Grupo Especial Independiente de la OMC, que ha elaborado un informe tras varias denuncias internacionales, asegura que determinadas condiciones que impuso Argentina a las empresas que quisieran importar bienes en este país infringen las normas de la OMC.

La propia Unión Europea presentó una reclamación oficial en mayo de 2012 respecto a las medidas adoptadas por Argentina, junto con Estados Unidos y Japón. La resolución que ha adoptado el Grupo Especial de la OMC confirma estas alegaciones y proporciona un veredicto claro: Argentina no puede exigir a los importadores locales ni a las empresas extranjeras que acepten diversas prácticas impuestas por sus autoridades como condición para poder importar bienes en el país.

En esencia, estas prácticas exigen a los importadores compensar el valor de sus importaciones en Argentina con, al menos, una cantidad equivalente en exportaciones, así como limitar sus importaciones, ya sea en volumen o en valor. Por otro lado, se obliga a dicha empresa a alcanzar un determinado nivel de contenido local en su producción nacional, así como invertir en Argentina, o bien conservar los beneficios obtenidos en Argentina en el propio país.

El Grupo Especial de la OMC también se pronunció contra un procedimiento denominado “Declaración Jurada Anticipada de Importación”. Según el organismo, esta declaración obliga a las empresas a contar con la aprobación de las autoridades argentinas antes de poder importar las mercancías.

Argentina introdujo estas medidas como parte de su denominada política del ‘comercio gestionado’. Con esta política se pretende sustituir las importaciones por productos de procedencia local y, de este modo, reducir o eliminar el déficit comercial del país con otros países o regiones. La resolución de la OMC garantiza que Argentina no pueda aplicar estas medidas, con las que incumple sus obligaciones en el marco de la OMC. Desde la Unión Europea recuerda que las medidas han sido una traba importante para los importadores de productos de la UE en Argentina y también perjudicaron la capacidad de las empresas extranjeras de operar en el país.

El Comisario de Comercio de la UE, Karel de Gucht, aseguraba recientemente que “este caso refleja con claridad que el proteccionismo es inaceptable. Insto a Argentina a que se preste con rapidez a cumplir con la resolución del Grupo Especial de la OMC y a eliminar estas medidas ilegales, y le exhorto a que abra la vía para que las mercancías de la UE puedan competir de forma leal en el mercado argentino”

Antecedentes
La UE, Japón y los Estados Unidos iniciaron un procedimiento de solución de diferencias de la OMC en mayo de 2012. Las consultas preliminares mantenidas con Argentina en julio de 2012 no lograron una solución amistosa. Por consiguiente, en enero de 2013 se constituyó un grupo especial de la OMC. Todas las partes disponen ahora de un plazo de sesenta días para recurrir la resolución del Grupo Especial si así lo desean. Si no se apela contra la resolución, o una vez que se resuelva cualquier apelación, Argentina tendrá que rectificar dichas medidas para ajustarse a las normas de la OMC, ya sea inmediatamente o en un plazo de tiempo razonable. Este plazo se negociará entre Argentina, la UE, los Estados Unidos y Japón, o bien será fijado por un árbitro de la OMC.

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