La jurisprudencia sobre la cláusula “Clean
Jorge Selma, 04/12/2012
Reiterada Jurisprudencia tiene recogido que la cláusula clean on board quiere decir que la mercancía se ha cargado en condiciones a bordo del buque porteador.
Pero claro está que dicha doctrina jurisprudencial tiene su razón de ser cuando la mercancía ha sido embarcada sin quebranto o deterioro alguno en atención al contenido del conocimiento de embarque, en el que consta la mención "clean on board" (limpio a bordo).
De ahí que arguya que si las mercancías fueron así estibadas, los posibles daños tuvieron que producirse una vez aquellas habían sobrepasado la borda del buque, como dicen las SSTS de 15 de diciembre de 1.990 y 25 de febrero de 1991.
No obstante, si bien el conocimiento de embarque expresa el estado en que fue recibida la mercancía con la mención "limpio a bordo", ello no impide que, conforme preceptúa el articulo 21 de la Ley de 22 de diciembre de 1949, pueda probarse que no ocurrió así, sino que la mercancía ya se hallaba dañada en el momento de ser cargada en el buque.
Para intentar probar que los daños se produjeron con anterioridad el capitán cuando se procede a la carga puede constatar que esta ya se carga con daños, bien producidos en origen, o en la operativa de carga durante su estancia en la terminal. En tales casos el capitán puede extender en el “mates receipt” o manifiesto de carga la reserva de que la mercancía se ha cargado con faltas, daños, etc…
Con ello se acredita que aunque en el b/l se estampo la clausula clean on board, existían elementos de juicio que acreditaban o desvirtuaban tal cláusula.
Jorge Selma
Socio fundador del Gabinete Jurídico Selma & Illueca, Abogados, especialistas en Transporte