Los problemas del contrato de franquicia
El presente artículo tiene como finalidad poner en sobre aviso de los problemas que nos encontramos a la hora de redactar un contrato de franquicia, debido por y ante todo, a la escasa regulación existente acerca del mismo, basándonos fundamentalmente a la hora de la determinación de su conceptuación, naturaleza jurídica y elementos, en su reconocimiento y plasmación jurisprudencial, así como en determinadas normas que contemplan dicha figura, (Ley de Ordenación del Comercio Minorista, Ley 7/1996 de 16 de Enero, así como RD 2485/1998 de 13 de Noviembre, y de distintas normativas de la CEE, como es el Reglamento 2790/1999).
El contrato de Franquicia desde un punto doctrinal ha sido definido como “aquel que se celebra entre dos partes jurídica y económicamente independientes, en virtud del cual una de ellas (franquiciador) otorga a la otra (franquiciado) el derecho a utilizar bajo determinadas condiciones de control, y por un tiempo y zonas delimitados, una técnica en la actividad industrial o comercial de prestación de servicios del franquiciado, contra entrega por éste de una contraprestación económica”.
De la definición de contrato de franquicia, manifestamos que es problemática su redacción por cuanto, es necesario dejar muy claros y precisos los términos del contrato, ya que una vaguedad y generalización de conceptos, podría dar lugar a que cualquiera de las partes pudiera desvincularse sin ningún tipo de problema, aprovechándose del beneficio de la falta de regulación jurídica, y acomodándose únicamente a los términos del contrato redactado.
Por ello, y en primer lugar, el Franquiciador tendrá que cumplir con todas las expectativas que su Franquicia, como negocio, vende en el mercado, así como las exigencias que en la escasa regulación contemplada, imponen al Franquiciador (entrega de Memorandum de Franquicia, con veinte días de antelación a la firma del contrato en el que se recoja una serie de información mínima sobre la misma, acreditación de tener concedido para España, y en vigor, el título de propiedad o licencia del uso de la marca y signos distintivos de la entidad franquiciadora, Inscripción en el Registro de Franquiciadores,... etc), además de la obligación de transmitir unos conocimientos teóricos-prácticos, Know-how o saber-hacer, que deberán de quedar perfectamente acreditados, prestar de forma continua asesoramiento al Franquiciado, promocionar el producto o servicio franquiciado, a través de campañas publicitarias en diversos soportes de comunicación, todo ello debidamente reflejado en el Contrato de Franquicia celebrado.
Por su parte el Franquiciado, y en contraprestación de todas las prestaciones ofrecidas y servidas por el Franquiciador, tiene que pagar una serie de partidas (Canón de entrada, Stock inicial, Royalties, pago porcentual por participación de campañas publicitarias...), así como someterse a determinadas condiciones en cuanto a zona y tiempo delimitados, directrices de comercio y marketing... etc.
Por todo ello, en el Contrato de Franquicia ambas partes, Franquiciador y Franquiciado, asumen en parte el riesgo que conlleva esta falta de contemplación y desarrollo jurídico del Contrato de Franquicia, ya que de una parte el Franquiciador, asume como riesgo principal, el que el Franquiciado quiera resolver el contrato, con la finalidad de desvincularse y dejar de permanecer a la Franquicia, con el consiguiente ahorro que ello supone, aprovechándose sin embargo de los conocimientos técnicos, (teóricos-prácticos) aprendidos y adquiridos, (know-how o saber hacer), todo ello en el momento mismo en que éste sabe que puede desenvolverse por sí mismo, sin ningún tipo de vinculación al que en su día le transmitió su metodología de trabajo, basándose en el incumplimiento u omisión de alguna de las estipulaciones, generalizadas o ambiguas, a que venía obligado el Franquiciador. Es curioso además observar que esta circunstancia se produce en muchas ocasiones con las pequeñas franquicias.
Por otra parte, el Franquiciado, siempre recela de su posición de sometimiento, al cumplimiento de unas exigencias económicas que en ocasiones le dejan un margen comercial que no era el que en un principio se esperaba, así como el cumplimiento de las distintas exigencias que hacen que su movilidad en cuanto a gestión y comercialización del producto o servicio franquiciado sea muy limitado.
De ahí que en un principio hablásemos de la problemática que genera la redacción del contrato de Franquicia, (en cuanto a minuciosidad de los términos utilizados en su redacción), pues la falta de claridad, precisión y concreción de los términos, da lugar a controversias que finalmente se han de resolver en los Juzgados.