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“Devolución importe compra camiones”
VM, 09/05/2017

La Comisión Europea tras las investigaciones realizadas a los fabricantes de camiones Man, Iveco, Daf, Volvo, Renault y Daimier, impuso una multa por un importe entorno a los 2.930 millones de euros, por considerar que entre los años 1997 y 2011 alcanzaron acuerdos colusorios sobre la fijación de precios para camiones medios y pesados, así como la fijación de un calendario para la implantación y transmisión de los gastos de las tecnologías de reducción de emisiones exigidas por las normas EURO, considerando tales conductas como una infracción de las normas anti trust de la Unión Europea.

De la sanción se libro Man, por haber informado a la Comisión de la realización de tales conductas.

A la vista de lo anterior, quienes entre las citadas fechas, 1997 y 2011 hayan realizado la compra de un camión medio o pesado a cualquiera de los fabricantes mencionados, podrán reclamar daños y perjuicios.

A los efectos de valorar cuales serian los daños y perjuicios estos consistirían en la diferencia existente entre el precio de compra de los camiones que se hubieran pagado y el hipotético precio que se debería haber pagado de no haber existido un pacto de precios entre los fabricantes.

La diferencia entre lo pagado y lo que debería haber sido pagado se calcula que estaría sobre el 15% del precio de adquisición.

En su consecuencia todo aquel damnificado por dichas conductas ya sea directamente, o por medio de leasing, podrá reclamar la diferencia, de lo pagado, o las cuotas de leasing excesivas derivadas del pacto de precios.

Jorge Selma
Socio del Gabinete Jurídico Selma & Illueca, Abogados, especialistas en Transporte

Selma & Illueca

 

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