Si el transportista terrestre tiene impedimentos para entregar la mercancía, ¿puede disponer de ella?
Jorge Selma, 06/05/2003
El transportista, si concurre una causa ajena que le impida realizar la entrega de la mercancia, tiene la facultad de descargar inmediatamente la mercancía por cuenta del remitente, considerándose el transporte como terminado, pudiendo constituir en deposito la mercancia e incluso proceder a su venta para el cobro de los fletes y gastos.
Cuando se dice inmediatamente quiere decir : el derecho a descargar y poner fin unilateralmente al transporte solo existe como remedio extremo cuando el transportista no sabe a quién dirigirse para recibir instrucciones , no sabe quién tiene el derecho de disposición o no recibe efectivamente tales instrucciones. De modo que no puede poner en práctica dicha facultad sino después de haber demostrado la diligencia y la iniciativa que le impone la ley de ejecutar el transporte en condiciones diferentes y no haber podido recibir en tiempo útil instrucciones del remitente.
Que la mercancía pueda ser descargada por cuenta del remitente sobre la misma significa que el coste de la operación material de descarga debe ser pagada por dicho remitente.
Que el transporte se considere terminado significa que las reglas de la Convención CMR dejan de aplicarse a partir de ese momento – incluyendo las referentes a responsabilidad contractual del transportista. Por tanto si posteriormente sobreviene alguna perdida avería o retraso, la posible responsabilidad del transportista, ahora ya como simple depositario, sería determinada únicamente por el derecho nacional del lugar donde la mercancia se encuentre o eventuales condiciones pactadas.
Alternativamente a la custodia material de la mercancia por sí mismo el transportista puede confiar la mercancía a un tercero, para su conservación. Entonces, solo responderá de la elección sensata y razonable de dicho tercero; por ejemplo de su solvencia moral y profesional , de la adecuación de sus instalaciones a la clase de mercancia de que se trate etc..