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Las cláusulas suelo en hipotecas. Recuperación de las cuotas pagadas
Jorge Selma, 10/01/2017

La cláusula suelo es una estipulación que limita los efectos beneficiosos para el deudor hipotecario de las bajadas de los índices variables de referencia en las hipotecas (habitualmente el Euribor). La aplicación de esta cláusula es tan sencilla como establecer que con independencia de las variaciones del Euribor, el banco se garantiza que nunca cobrará por debajo de un determinado porcentaje, lo cual obviamente redunda en perjuicio del deudor hipotecario, que teniendo derecho a pagar menos hipoteca, según el índice contratado, se ve obligado a pagar el mínimo establecido por el banco.

Esta cláusula comenzó a tener una relevancia real para los consumidores a partir de 2009, momento en el que el Euribor experimentó un importante descenso que supuso una importante bajada en las cuotas hipotecarias, que se prolonga hasta la actualidad, pero que en el caso de las hipotecas con cláusula suelo supone que esa reducción sólo se aplique parcialmente, hasta el límite que el banco impuso al firmar la hipoteca.

El Tribunal Supremo declaró nulas las cláusulas abusivas por falta de transparencia, aunque limitó las devoluciones de los importes cobrados indebidamente hasta mayo de 2013.

Recientemente, en Diciembre de 2016 el Tribunal de Justicia de la UE ha dictado Sentencia que determina que los bancos deben devolver íntegramente las cantidades indebidamente percibidas en virtud de la aplicación de las cláusulas suelo.

La combinación de ambas Sentencias, supone anular íntegramente los efectos de las cláusulas suelo, y genera el derecho de todos aquellos que las han padecido, de recobrar íntegramente del banco todo lo que han pagado de más por la aplicación de estas cláusulas, que dependiendo de las condiciones de cada hipoteca, normalmente supondrá un importe muy considerable, dada la relevancia económica de este tipo de contratos y el tiempo transcurrido desde la bajada de los tipos hipotecarios en 2009.

A día de hoy la única vía eficaz para la recuperación de todo este dinero es la reclamación judicial frente al banco con el que se tiene contratada la hipoteca. Dicha vía, dadas las resoluciones judiciales existentes, tiene grandes posibilidades de éxito para los consumidores, con un plazo de reclamación dependiendo del Juzgado, de menos de un año, y que hace que los consumidores no deban de dejar pasar la oportunidad de acudir a un Abogado, para recuperar el dinero que indebidamente les cobró el banco.

Jorge Selma
Socio del Gabinete Jurídico Selma & Illueca, Abogados, especialistas en Transporte

Selma & Illueca

 

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