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ATEIA analiza la nueva responsabilidad del transitario con las Reglas de Rótterdam
El presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante, José Joaquín Ripoll, animó a toda la comunidad portuaria a mantener la labor formativa para reforzar la profesionalidad del sector
VM, 29/05/2012

La sede de ATEIA Alicante acogió recientemente una jornada de trabajo sobre la “Responsabilidad del Transitario”, a la que acudieron buena parte de los profesionales del sector, así como el presidente de la Autoridad Portuaria de Alicante, José Joaquín Ripoll.

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Miguel Roca, José Joaquín Ripoll, Eugenio López, José María Raya y Jaime Vila


El presidente de la APA aseguró que estos cursos son la base para mejorar la formación de los profesionales del sector y reforzar las relaciones entre los miembros de la comunidad portuaria. Ripoll aseguró que en unos meses la nueva aula de formación acogerá este tipo de cursos, en los que se podrá participar activamente. El presidente de la APA animó a continuar con estas labores formativas para fortalecer a la propia comunidad portuaria de Alicante.


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Miguel Roca, durante su intervención


Miguel Roca fue el encargado de impartir la ponencia “Responsabilidad del Transitario” tanto del porteador ante el cargador como viceversa. Roca explicó toda la normativa que engloba el transporte de mercancías por vía marítima, e hizo un repaso histórico de todas y cada unas de las resoluciones desde mitad del pasado siglo.

Asimismo, Miguel Roca también explicó a los presentes toda la documentación exigida actualmente tanto en el transporte nacional como la internacional y la que deben conocer de manera estricta los transitarios.

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Un gran número de transitarios acudió a la jornada organizada por ATEIA Alicante



Roca se detuvo con más detenimiento en el Bill of Landing, o BL. Analizó las situaciones en las que puede haber algún tipo de controversia y recomendó rellenar esta documentación con rigurosidad. En cuanto al transporte marítimo, el ponente recordó que tanto en la navegabilidad como en las operaciones de carga y descarga el transitario también tiene responsabilidad.

Miguel Roca también recordó la importancia de la normativa internacional en el transporte de mercancías, e hizo referencia a las Reglas de la Haya y las Reglas de Rótterdam. En ese sentido, afirmó que con la entrega de mercancía desaparece la responsabilidad del transitario, y desveló los cambios que recogen las Reglas de Rótterdam respecto a la posibilidad de eximir de responsabilidad al transitario de producirse daños en algún buque por mala navegación.

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José Joaquín Ripoll y Eugenio López, durante la inauguración de la jornada



También adelantó que en situaciones excepcionales como en un incendio o el mal estado de la mar no hay posibilidad de reclamar, y que después de seis meses se pierde el derecho de reclamación.

Reglas de Rótterdam
Miguel Roca también repasó las Reglas de Rótterdam. España las ha firmado y ratificado, y su entrada en vigor dependerá de la adhesión de más países. Establece una uniformidad de normas, ya que en la actualidad hay demasiadas: Reglas de La Haya, Reglas de Hamburgo, el Convenio de la UNCTAD, así como normativa nacional y autonómica.

Según Miguel Roca, serán las Reglas de Rótterdam las que especifiquen cuales son las responsabilidades futuras de los transitarios así como de otros operadores de la cadena logística, como la terminales portuarias. Regulan también el uso de medios electrónicos y los beneficios medioambientales en la logística. Por contra, en las Reglas de Rótterdam no se contempla la figura del fletamento, aunque sí los contratos por volumen, que se negocian de manera independiente. Las Reglas de Rótterdam establecen que el porteador siempre es responsable hasta la entrega de la mercancía al transportista y desde que la recibe hasta su entrega al receptor.

Por otro lado, la falta náutica desaparece; los incendios se modulan y se analizan según las circunstancias; se contempla la responsabilidad por retraso; y se permite la demanda en dos años, no en uno como en las Reglas de La Haya.


 

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