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Brexit sin acuerdo: la Comisión Europea hace balance de los preparativos antes del Consejo Europeo de junio (artículo 50)
VM, 13/06/2019

En vísperas del Consejo Europeo de junio (artículo 50), la Comisión Europea ha hecho balance, en su quinta Comunicación sobre la preparación para el Brexit, de esta preparación y de las medidas de contingencia por parte de la Unión, sobre todo a la luz de la decisión adoptada el 11 de abril por el Consejo Europeo (artículo 50), previa solicitud del Reino Unido, de prorrogar el período del artículo 50 hasta el 31 de octubre de 2019.

En vista de la persistente incertidumbre en el Reino Unido con respecto a la ratificación del acuerdo de retirada, tal como se acordó con el Gobierno del Reino Unido en noviembre de 2018, y de la situación política interna general, un Brexit sin acuerdo el 1 de noviembre de 2019 sigue siendo una posibilidad, aunque indeseada.

Desde diciembre de 2017, la Comisión Europea se ha estado preparando para un escenario de retirada sin acuerdo. Hasta la fecha, 18 de las 19 propuestas legislativas presentadas por la Comisión han sido adoptadas o acordadas por el Parlamento Europeo y el Consejo. Se ha alcanzado un acuerdo político sobre la propuesta restante (Reglamento de contingencia sobre el presupuesto de la UE para 2019), cuya adopción formal está prevista a finales de este mes. La Comisión también ha adoptado 63 actos no legislativos y ha publicado 93 comunicaciones de preparación. Teniendo en cuenta la ampliación del período del artículo 50, la Comisión ha examinado todas estas medidas para cerciorarse de que sigan cumpliendo sus objetivos. La Comisión ha llegado a la conclusión de que no es necesario modificar el fondo de ninguna medida y que siguen ajustándose a su finalidad. La Comisión no prevé nuevas medidas antes de la nueva fecha de retirada.

La Comisión recuerda que es responsabilidad de todas las partes interesadas prepararse para todos los escenarios. Puesto que una retirada sin acuerdo sigue siendo una posibilidad, la Comisión anima encarecidamente a todas las partes interesadas a aprovechar el tiempo adicional facilitado por la prórroga para cerciorarse de que hayan adoptado todas las medidas necesarias para preparar la retirada del Reino Unido de la UE. La Comunicación de hoy ofrece detalles sobre los amplios preparativos en la UE-27 en ámbitos como los derechos de residencia y de seguridad social de los ciudadanos, las aduanas y la fiscalidad, el transporte, la pesca, los servicios financieros, los medicamentos, los productos sanitarios y las sustancias químicas.

Escenario de retirada sin acuerdo
En un escenario de retirada sin acuerdo, el Reino Unido pasará a ser un tercer país sin disposiciones transitorias. A partir de ese momento, todo el Derecho primario y derivado de la UE dejará de aplicarse en el Reino Unido. No habrá un periodo de transición como el que se contempla en el acuerdo de retirada. Obviamente, esto conllevaría grandes perturbaciones para los ciudadanos y las empresas y tendría un importante impacto económico negativo, que sería proporcionalmente mucho mayor en el Reino Unido que en los Estados miembros de la UE-27.

Como indicó el presidente Juncker ante el Parlamento Europeo el 3 de abril de 2019, si se produce un escenario de retirada sin acuerdo, se espera del Reino Unido que aborde tres cuestiones principales vinculadas a la separación como requisito previo para que la UE pueda contemplar el inicio de conversaciones sobre la relación futura. Se trata de las siguientes: la primera es la protección y defensa de los derechos de los ciudadanos que hayan ejercido su derecho a la libre circulación antes del Brexit; la segunda, el cumplimiento de las obligaciones financieras contraídas por el Reino Unido como Estado miembro; la tercera, el mantenimiento en letra y espíritu del Acuerdo del Viernes Santo y de la paz en la isla de Irlanda, así como de la integridad del mercado interior.

Labores de preparación y contingencia de la UE para el escenario de retirada sin acuerdo: mantenimiento de la vigilancia en determinadas áreas

La preparación para la retirada del Reino Unido es un esfuerzo conjunto de las administraciones públicas y los agentes económicos. La Comisión también ha mantenido amplios debates técnicos con los Estados miembros de la UE-27, tanto sobre cuestiones generales relativas a las labores de preparación y contingencia como sobre cuestiones sectoriales, jurídicas y administrativas específicas. Además, ha llevado a cabo una gira por las capitales de los 27 Estados miembros de la UE. Las visitas ha puesto de manifiesto un alto grado de preparación por parte de los Estados miembros para todos los posibles escenarios.

La Comunicación de hoy se centra en los ámbitos en los que es necesaria una vigilancia continua y especial en los próximos meses:

Derechos de residencia y de seguridad social de los ciudadanos

• Los Estados miembros habían elaborado o adoptado medidas nacionales de contingencia antes del 12 de abril de 2019 para garantizar que los nacionales del Reino Unido y sus familiares que no sean ciudadanos de la UE pudieran seguir residiendo legalmente en el período inmediatamente posterior a la retirada sin acuerdo.

• Para aportar más claridad, la Comisión ha presentado un resumen de los derechos de residencia en los Estados miembros de la UE-27 (véase aquí, incluidos los enlaces directos a los sitios web nacionales de preparación). Esta información se mantendrá actualizada.

Medicamentos, productos sanitarios y sustancias químicas
• A 12 de abril de 2019, solo un pequeño número de productos médicos autorizados por el procedimiento centralizado (en torno al 1 %) no se ajustaba a la normativa. La Agencia Europea de Medicamentos (EMA) está a punto de completar el proceso de cumplimiento de la normativa aplicable a los productos autorizados por el procedimiento centralizado.

• En el caso de los medicamentos autorizados a nivel nacional, queda mucho trabajo por hacer para que los medicamentos restantes se ajusten a la normativa para el 31 de octubre de 2019.

• Está en curso la transferencia de certificados de productos sanitarios de organismos notificados británicos a los organismos notificados de la UE-27.

• Por lo que se refiere a las sustancias químicas, a finales de abril de 2019, los registros REACH de 463 sustancias se habían transferido a los Estados miembros de la UE-27, mientras que 718 seguían estando registradas únicamente por declarantes establecidos en el Reino Unido. La Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA) abrió una «ventanilla del Brexit» en REACH-IT para tomar las medidas necesarias para transferir sus registros de REACH antes de la fecha de retirada.

Aduanas, impuestos indirectos y puestos de inspección fronterizos
• En el ámbito de las aduanas y los impuestos indirectos, la Comisión ha organizado numerosas reuniones técnicas y publicado notas de orientación sobre las aduanas, el impuesto sobre el valor añadido (IVA) e impuestos especiales antes de la fecha de retirada anterior.

• Las administraciones nacionales han realizado importantes inversiones en infraestructuras y recursos humanos, principalmente en los Estados miembros que son los principales puntos de entrada y salida del comercio de la UE con el Reino Unido. Los Estados miembros también están colaborando con la Comisión en sus esfuerzos de formación y comunicación para llegar a los agentes económicos y a las partes interesadas en general.

• En el ámbito de los controles sanitarios y fitosanitarios, los Estados miembros de la UE-27 han creado nuevos puestos de inspección fronterizos (PIF) o están ampliando los existentes en los puntos de entrada de las importaciones procedentes del Reino Unido en la UE.

Transporte
• El Reglamento de contingencia en materia de transporte aéreo incluye un mecanismo específico para que las compañías aéreas de la UE cumplan los requisitos de participación y control mayoritarios de la UE. Este proceso está en curso y la Comisión mantiene contactos periódicos con las autoridades nacionales.

• En el sector del transporte ferroviario, los operadores que no hayan tomado las medidas necesarias para obtener los documentos pertinentes de la UE-27 deben hacer lo necesario a este respecto.

Actividades pesqueras
• En el sector pesquero, la Comisión ha adoptado rápidamente medidas para aplicar los Reglamentos de contingencia de la UE. La Comisión y los Estados miembros han colaborado para recoger información en el formato adecuado, de modo que las solicitudes de autorización de los buques de la UE para acceder a las aguas del Reino Unido puedan tramitarse tan pronto como se aplique el Reglamento de contingencia en materia de autorizaciones de pesca.

• La Comisión también ha colaborado estrechamente con los Estados miembros para adaptar sus programas operativos, de modo que los recursos del Fondo Europeo Marítimo y de Pesca puedan utilizarse para la paralización temporal, en caso necesario y apropiado.

Servicios financieros
• Aunque las empresas habían avanzado mucho en el período previo al 12 de abril de 2019 en su planificación de contingencias, siguen pendientes algunas cuestiones. Se anima encarecidamente a las empresas de seguros, los proveedores de servicios de pago y otros operadores de servicios financieros que no estén preparados en relación con determinados aspectos de su actividad (por ejemplo, la gestión de contratos y el acceso a las infraestructuras) a ultimar sus medidas preparatorias para el 31 de octubre de 2019. La Comisión está colaborando con los supervisores nacionales y de la UE para garantizar la plena aplicación de los planes de contingencia de las empresas, y espera que los supervisores del Reino Unido no impidan que las empresas apliquen tales planes.

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