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Martes, 05 de noviembre de 2024

Transporte Terrestre

FENADISMER pide al Gobierno que apruebe la transposición de la DE para controlar las “empresas buzón”
VM, 09/12/2021

Para FENADISMER, una prueba más del abandono y falta de preocupación que sufre el sector del transporte por carretera por parte de las Administraciones Públicas es la relativa a la trasposición de las Directivas europeas que afectan al sector, en especial la relativa al desplazamiento de conductores extranjeros en España, teniendo en cuenta que en la actualidad más de una cuarta parte del transporte internacional con origen o destino en nuestro país lo realizan empresas de transporte domiciliadas en países del Este de Europa, con costes laborales y fiscales hasta ocho veces inferiores a los que pagan las empresas españolas.

Pese a que en el último año FENADISMER ha venido reclamando de forma insistente la necesidad de tramitar la aprobación de dicha regulación en España para poder controlar la competencia desleal que en los últimos años viene soportando el sector por parte de estas empresas de transporte extranjeras, muchas de ellas pertenecientes a grandes flotistas españoles, que han deslocalizando artificialmente las sedes de sus empresas en dichos países, con un evidente fraude tanto laboral como fiscal. “Sin embargo - señalan desde FENADISMER -sorprende la absoluta dejadez con que el Gobierno ha actuado en este asunto que, faltando apenas dos meses para que dicha regulación debiera estar aprobada, ni siquiera ha elaborado el texto leagl que permitiría su aplicación en España”.

Regulación
Esta regulación fue incluida por la Unión Europea en el denominado Paquete de Movilidad aprobado en Julio del pasado año, el cual incluyó, entre otras medidas, la aprobación de la Directiva europea sobre desplazamiento de conductores entre países de la Unión Europea, que exige que los conductores que realicen operaciones de transporte internacional o de cabotaje perciban el salario mínimo del país en el que el transporte es efectuado, excluyendo de esta obligación a los trasportes en tránsito así como a los transportes bilaterales.

Según explican desde la Federación, para su control la empresa de transportes deberá realizar previamente a la realización del servicio de transporte una declaración de desplazamiento de
sus conductores, que deberá envíar a un sistema electrónico centralizado en la Comisión Europea, para posteriormente el Estado de acogida, es decir, el país donde se presta el servicio, poder controlar la correcta realización del mismo y el cumplimiento de las obligaciones salariales.

Sin embargo, al parecer las diferencias entre el Ministerio de Trabajo y de Transportes sobre dicha regulación han llevado a que a fecha de hoy siga sin tramitarse la nueva Ley, lo que previsiblemente impedirá que España pueda aplicar en nuestro país la Directiva europea, y en consecuencia que las "empresas buzón" (como se denomina coloquialmente a las empresas deslocalizadas) “puedan seguir trabajando en nuestro país con total impunidad. ocasionando un gravísimo daño a las empresas transportistas españolas”.

Por ello, FENADISMER va a exigir al Gobierno español que apruebe mediante Decreto Ley y a la mayor brevedad dicha regulación, negociando con las asociaciones de transportistas su contenido, a fin de minimizar el gravísimo daño que esta lacra está ocasionando tanto a las empresas transportistas españolas como a las arcas públicas.