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Jueves, 15 de enero de 2026


La contramedidas de la UE sobre una lista de venta en el extranjero entran en vigor
VM, 03/03/2004

El pasado 1 de marzo entraron en vigor las contramedidas europeas sobre una lista de venta en el extranjero (Foreign Sales Corporation-FSC).

Las contramedidas impuestas sobre los productos seleccionados consisten en derechos de aduana adicionales del 5% , que deberán aplicarse a partir del 1 de marzo de 2004, seguidos por aumentos automáticos y mensuales d eun 1% hasta un límite máximo del 17% al que deberá llegarse el 1 de marzo de 2005, siempre que no se produzca el cumplimiento antes.

El Comisario de Comercio de la Unión Europea, Pascal Lamy, señaló al respecto: “A pesar de haber esperado durante más de dos años, los Estados Unidos no han ajustado su legislación a las reglas de la Organización Mundial del Comercio. No se trata de retorsión sino de cumplimiento de las reglas internacionales: levantaremos las contramedidas el día en el que el FSC sea suprimido”.

Reglamento
El Reglamento del Consejo 2193/2003 estipula la imposición gradual de contramedidas a partir del 1 de marzo con el objtivo calro de obtener la supresión de las medidas ilegales americanas. Este incluye una lista detallada de productos sobre los cuales se aplican las contramedidas, la cual fue preparada tras largas consultas con operadores económicos europeos y con los estados miembros. Las contramedidas están por debajo de la cantidad de 4.000 dólares autorizada por la OMC el pasado año.