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La UE obligará a las navieras a indemnizar a los pasajeros de barco en caso de retraso
El Pleno del Parlamento Europeo aprobó, definitivamente, un reglamento que, a partir de 2012, obligará a las navieras a indemnizar a los pasajeros de barco por retrasos de más de una hora y media. Además, los transportistas y los operadores de terminal deberán ofrecer asistencia gratuita a los pasajeros con discapacidad o movilidad reducida en el embarque y el desembarque.
Las nuevas normas, que ya han sido pactadas por los Gobiernos de los 27, se aplicarán a todos los barcos autorizados a transportar a más de 12 pasajeros, con la excepciòn de los buques de excursión, turísticos, e históricos y los navíos con una tripulación de hasta tres personas o cuyo servicio general se limite a recorrer una distancia inferior a 500 metros.
Los cruceros también entran en el ámbito de aplicción del reglamento. Sin embargo, quedan excluidos de varias disposiciones, como las que regulan el transporte alternativo y reembolso en caso de retrasos de más de una hora y media o la indeminización por el precio del billete por retraso en la llegada. Los países de la UE tendrán un plazo hasta principios de 2012 para adaptar sus legislaciones nacionales al nuevo reglamento. En caso de retrasos de más de una hora y media sobre el horario de salida, el transportista tendrá que escoger entre ofrecer una ruta alternativa en condiciones de transporte comparables. |
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