|
|||
![]() |
|||
|
|||
|
APA
La APA ordena el desalojo de seis casas por peligro de hundimiento inminente
La Autoridad Portuaria ha ordenado el desalojo inmediato de seis casas situadas junto a la zona de servicio del Puerto, conocido como el barrio de Heliodoro Madrona, y ha advertido a sus moradores que las viviendas están en peligro inminente de hundimiento debido al estado de las mismas.
La medida ha sido comunicada a los afectados mediante una resolución en la que se indica que 2 viviendas están en ruina y las 4 restantes son las colindantes, por lo que también deben demolerse.
Según fuentes de la Autoridad Portuaria se ha realizado un estudio detallado por un perito judicial, por el cual se ha llegado a la conclusión de que “la vivienda número 15 del citado barrio está en ruina inminente y la número 4 en ruina, por lo que se debe proceder al derribo de ambas, así como al desalojado de las viviendas colindantes números 3, 5, 14 y 16, ya que quizás haya que proceder a una demolición más amplia o a un recalce de las medianeras, pudiendo incluso tener que llegarse a un apuntalamiento de las mismas".
Ante esta situación, la resolución de la Autoridad Portuaria acuerda "que sean desalojadas de manera inmediata las seis viviendas aludidas del barrio de Heliodoro Madrona y que se proceda a la demolición inmediata de los números 4 y 15". Además, se indica que se proceda a la demolición, si es necesario, de las demás viviendas colindantes afectadas, y que se comunique a los afectados la resolución para que, de manera inmediata, abandonen las viviendas dado el peligro de hundimiento inmediato existente, por su situación actual o como consecuencia de las demoliciones. La resolución continúa recordando que estas viviendas se cedieron "por causa de la relación laboral del adjudicatario con la Junta del puerto (actualmente la Autoridad Portuaria), en virtud de la cual la ocupación de las mismas cesará a los 30 días siguientes a la extinción o interrupción de dicha relación laboral, ya sea por muerte, excedencia, jubilación o despido". Finalmente, el escrito concluye que el titular o familiares podrán permanecer un mes, transcurrido el cual, "se procederá al desahucio". |
|
© 2017 Valenmar S.L.
|