Un servicio de Valencia Marítima
Jueves, 21 de agosto de 2025


Maltés: “El II Convenio Colectivo incluye novedades en materia de seguridad”
El jefe de Seguridad de la Autoridad Portuaria de Alicante, Francisco Maltés, explicó a Alicante Marítima, las novedades del II Convenio Colectivo de Puertos del Estado
y Autoridades Portuarias, en materia de seguridad y riesgos laborales
VM, 15/03/2005

Maltés manifestó que en este II Convenio Colectivo, que se firmó el pasado mes de febrero y que en breve se publicará en el Boletín Oficial del Estado, se incluyen varias novedades que hacen referencia a la seguridad y al diseño de la entidad preventiva en los puertos de interés general, pretendiendo que la seguridad en materia de riesgos laborales se haga mediante un sistema integrado, en cada uno de los departamentos de la APA mediante una serie de procedimientos que coordinen su seguridad en riesgos laborales y en protección del medioambiente.

Por otro lado Maltés explicó que “en este II Convenio se ha definido, la responsabilidad que la APA tiene en materia de seguridad y riesgos laborales en dos casos muy concretos, en primer lugar respecto a sus propias actividades en las instalaciones del puerto, en las que tanto con personal propio o contratado, la APA tiene que diseñar su Sistema de Gestión de riesgos laborales y coordinar la labor de todos éstos trabajadores, de ésta manera se realizaría por parte de la APA una labor de coordinación y de control, y el otro caso que se plantea en el II Convenio hace referencia a las actividades del resto de empresas de la Comunidad Portuaria, cuando operan en las instalaciones del puerto y trabajan tanto en concesión, autorizaciones o por empresas operadoras, éstas empresas son las que tienen que diseñar su propio Sistema de Gestión en riesgos laborales con mapas de riesgos y planes de emergencia, y en este caso la responsabilidad de la Autoridad Portuaria es realizar una labor sólo de control”. Así Maltés resumió, que la APA con sus propios trabajadores ejerce una labor de coordinación directa y con el resto de trabajadores de las distintas empresas que operan en el puerto, ejercería una labor de control por ser la titular del centro de trabajo, que es el Puerto de Alicante, ya que además así lo dispone la ley 48/03 de Servicios Portuarios en su artículo 132. Maltés apuntó que “todas éstas obligaciones que la APA tiene por ley, tanto por la Ley de Riesgos Laborales como la propia Ley de Puertos y Marina Mercante, como la Ley 48/03 de Servicios Portuarios, debe complementarlos con el II Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias”.

Por otro lado Maltés adelantó que “el nuevo Convenio prevé la participación de los delegados de prevención y del Comité de Salud, en las distintas actividades preventivas de riesgos laborales que se van a poner en marcha con la entrada en vigor del Convenio”.

Según Maltés cabe recordar que este II Convenio Colectivo viene a perfeccionar las actividades que ya se incluyen en la propia Ley de Puertos del Estado y otras leyes concurrentes de habilitación de seguridad, por otro lado, según el jefe de seguridad “este Convenio viene a reforzar un compromiso de la dirección del Puerto, en cuanto a la constitución de un servicio de prevención de riesgos laborales y seguridad propio, que si bien la APA no está obligada ha llevarlo a cabo por el número de trabajadores que posee, si con carácter voluntario vamos a constituir un Servicio de Prevención, que estará integrado por las cuatro disciplinas que regula la Ley de Prevención de Riesgos Laborales: la Salud Laboral, Higiene Industrial, Ergonomía y Seguridad Laboral”.

Maltés apuntó que “el II Convenio además viene a desarrollar en materia de Seguridad y Salud otras serie de funciones como la dotación de medios de protección laboral tanto individual como colectivos, a los trabajadores de la Autoridad Portuaria y la prestación anual de un servicio de la vigilancia de la salud mediante revisiones anuales a los trabajadores”.

Por otro lado, Francisco Maltés explicó que la Autoridad Portuaria, tienen una política formativa, para que todos los trabajadores puedan identificar todos los riesgos que se puedan encontrar en la zona portuaria y cómo deben actuar en caso de emergencia en los primeros momentos, hasta que lleguen los equipos de intervención del puerto. Esta política se está desarrollando conjuntamente con Feports y se van a impartir cursos de formación de Oficiales de Protección Portuaria, Operadores de Muelle o Terminal, para el manejo de mercancías peligrosas y cursos específicos de mercancías peligrosas, protección y medioambiente, dirigidos especialmente a los estibadores y a otros colectivos como el de la policía portuaria .