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Jueves, 28 de marzo de 2024

Transporte Terrestre

El acuerdo post Brexit obliga a los transportistas que traigan mercancía desde el Reino Unido o en vacío a nuevos trámites burocráticos que dificultarán su actividad
VM, 07/01/2021

Como ya anunció FENADISMER la semana pasada, el acuerdo suscrito entre la Unión europea y el Reino Unido el pasado 24 de Diciembre permitirá dar continuidad a los actuales flujos comerciales entre España y el país británico tras la finalización del período transitorio el pasado 31 de Diciembre, teniendo en cuenta que representa el quinto país de destino de las mercancías españolas, que son transportadas por una flota aproximada de 8.000 camiones españoles, eliminando la posibilidad real de un colapso total del tráfico de camiones entre ambos países, aunque el establecimiento de nuevos controles fronterizos y aduaneros ralentizará la actividad de los camiones que presenten servicios entre ambos territorios.

Aunque el Acuerdo post Brexit prevé el acceso ilimitado al transporte internacional sin cuotas ni imitaciones de cupo para las empresas transportistas que transportan mercancías por carretera entre la UE y el Reino Unido, sin embargo les obligará a realizar nuevos trámites burocráticos.

Así desde el 1 de Enero todos los transportistas que traigan mercancías desde el Reino Unido a la Unión Europea en vehículos de más de 7.5 tns de MMA, o vayan en vacío, y crucen el Canal de la Mancha en ferry por el puerto de Dover o cogiendo el tren en el eurotúnel deberán previamente obtener el denominado Permiso KAP (Kent Acces Pemit), siendo sancionados en caso contrario con una multa de 300 euros.

Para su obtención, a través de la web oficial del Gobierno británico, deberá justificar que posee un documento de declaración de importación de la UE o documento adjunto de tránsito, así como una Declaración resumida de entrada en el Sistema de control de importaciones del Estado miembro de destino de la mercancía.