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Jueves, 28 de marzo de 2024

Transporte Terrestre

FETRANSA insiste en la necesidad de aumentar la lucha contra el fraude
VM, 29/01/2018

Tras la reunión mantenida hace unas semanas por el Pleno del Comité Nacional de Transporte por Carretera con Alicia Rubio, subdirectora general de Inspección del Ministerio de Fomento, Fetransa presentaba la pasada semana al Ministerio un informe que recopila la diferente tipología de fraudes que se generan en torno a la figura de la cooperativa de trabajo asociado en el transporte.

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La organización de transportistas pide una mayor cooperación con las comunidades autónomas


El encuentro permitía trasladar más al detalle aquellos aspectos que Fetransa ya trasladó durante la presentación del Plan de Inspección de Transporte de 2018. En dicha reunión, se trasladó la necesidad de actuar de manera coordinada entre los diferentes ministerios (Hacienda, Fomento y Seguridad Social) y las comunidades autónomas, como único modo de poder paliar este tipo de prácticas “que perjudican gravemente el desarrollo de la actividad profesional y suponen un importante fraude a las arcas del Estado”, aseguran desde la organización.

La subdirectora se comprometió a trasladar un escrito a las cooperativas para advertir, de manera clara, las premisas denunciadas por Fetransa en relación con que en muchos casos estas cooperativas se han convertido en “fábricas de creación de falsos autónomos”, así como el repunte de cooperativas cuyos socios tributan en módulos en base a facturar transporte a la propia cooperativa. Por su parte Fetransa se comprometió a actualizar la información a las comunidades autónomas, haciendo un seguimiento de los casos denunciados.

También se trató ampliamente la problemática generada por las empresas buzón o el dumping social y sus efectos sobre la competencia y la seguridad vial.

En otro orden de cosas, Fetransa planteó ante la inspección de transportes la necesidad de una mayor coordinación con los responsables de las comunidades autónomos en cuanto a los atenuantes que se aplican a los expedientes sancionadores, dado que un mismo expediente puede ser sobreseído en una autonomía y sancionado en otras.

Igualmente se pidió claridad en cuanto a los criterios interpretativos de los Reglamentos 561/2006 y 165/2014 y los márgenes existentes en su aplicación, sobre todo cuando se trata de tacógrafos digitales y las inspecciones se realizan a través de los medios electrónicos facilitados por la administración de transportes a los agentes encargados de la vigilancia en carretera.